EL NUEVO DIARIO, SANTO DOMINGO.- El juez Franny González Castillo, de la Cuarta Sala Penal del Distrito Nacional, fundamentó en la existencia de elementos cognitivos y volitivos vinculados al dolo eventual su decisión de variar de homicidio involuntario a voluntario la calificación jurídica contra los hermanos Antonio y Maribel Espaillat, propietarios de la discoteca Jet Set.
Al motivar su decisión, el magistrado sostuvo que el cambio podía realizarse sobre la base de los mismos hechos contenidos en la acusación, sin necesidad de incorporar hechos o circunstancias nuevas.
“Se procede a acoger la solicitud de variación de la calificación jurídica planteada por varias partes querellantes, actores civiles y acusadores particulares”, explicó el juez durante la lectura de su decisión.
González Castillo detalló que en el proceso se advierten “los elementos cognitivos y volitivos con los presupuestos del dolo eventual”, y sustentó la nueva calificación jurídica en los artículos 295 y 309 del Código Penal.
El magistrado explicó que los textos utilizados anteriormente para calificar los hechos como homicidio involuntario y golpes y heridas involuntarios no definen por sí mismos esos supuestos, debido a que su desarrollo corresponde también a la doctrina y la dogmática penal.
Asimismo, informó que el tribunal de juicio no está obligado a mantener la calificación jurídica establecida previamente por el juzgado de la instrucción, aun cuando esa cuestión haya sido debatida durante otras etapas del proceso.
“El tribunal de juicio no está atado a la calificación jurídica del juzgado de la instrucción”, estableció González Castillo.
Precisó, además, que un tribunal puede variar la calificación jurídica sobre los mismos hechos, pero no sustituir un delito por otro completamente distinto que requiera una investigación particular.
Como ejemplo, explicó que un tribunal apoderado de un robo no podría convertir los hechos en una violación sexual, pero sí podría modificar una calificación de homicidio simple a asesinato si durante el juicio se demuestran elementos como la premeditación y la asechanza.
No obstante, González Castillo rechazó las circunstancias agravantes planteadas por algunas de las partes, al considerar que sus presupuestos no habían sido justificados en esta etapa procesal.
También negó la ampliación de la acusación relacionada con alegadas violaciones a las leyes de urbanización e ingeniería, tras considerar que no se presentaron elementos o circunstancias nuevas que justificaran incorporar esas imputaciones.
Con la nueva calificación jurídica, el juez determinó que el proceso supera la competencia material de la Cuarta Sala Penal, debido a la pena aplicable, que situó en un rango de tres a 20 años de reclusión mayor.
En consecuencia, dispuso que el proceso contra Antonio y Maribel Espaillat sea remitido a uno de los tribunales colegiados de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional para continuar el conocimiento del caso.
Los hermanos Espaillat enfrentan el proceso judicial por el colapso del techo de la discoteca Jet Set, ocurrido el 8 de abril de 2025, tragedia que dejó 236 personas fallecidas y 180 heridas.
La entrada Juez explica las razones que llevaron a calificar como homicidio voluntario caso contra hermanos Espaillat se publicó primero en El Nuevo Diario (República Dominicana).